Skip to content

Ángel Menéndez-Rexach comparte con las comunidades autónomas la necesidad de reformar la Ley de Costas estatal

El catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid analizó en el I Congreso de Costas Canarias la evolución del marco jurídico del litoral y las dificultades para delimitar las atribuciones del Estado y de las comunidades autónomas

El catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid, Ángel Menéndez-Rexach, abordó durante su intervención en el I Congreso de Costas Canarias: Canarias, Mar y Territorio la necesidad de reformar la Ley de Costas estatal, una cuestión que comparten distintas comunidades autónomas ante la evolución del marco competencial y los nuevos retos en la gestión del litoral.

Durante su ponencia, Menéndez-Rexach repasó la evolución de la Ley de Costas de 1988, cuyo modelo inicial concentraba la mayor parte de las competencias en la Administración General del Estado. El catedrático explicó que la consolidación de las comunidades autónomas y la evolución institucional han transformado aquel escenario y han permitido que estas administraciones asuman nuevas atribuciones en la ordenación del litoral.

El experto centró parte de su intervención en las dificultades para delimitar las competencias estatales y autonómicas, especialmente tras la evolución de la jurisprudencia constitucional sobre el alcance de la ordenación del litoral. En este sentido, señaló que la interpretación actual plantea interrogantes sobre la relación entre la competencia autonómica de ordenación del litoral y la legislación estatal reguladora del dominio público marítimo-terrestre.

Una definición más clara del litoral

Otro de los aspectos destacados de la ponencia fue la ausencia de una definición legal precisa del litoral. Menéndez-Rexach señaló que la Ley de Costas no define este concepto y defendió que su alcance no debe limitarse a la parte terrestre, sino que también debe contemplar una dimensión marítima.

El catedrático advirtió de las diferencias entre las normas autonómicas a la hora de delimitar el litoral y consideró necesario avanzar hacia un criterio común, especialmente en lo relativo a su vertiente marítima. Esta cuestión resulta relevante para dotar de mayor coherencia al marco jurídico y clarificar el ámbito de actuación de las distintas administraciones.

Los informes de Costas como eje de análisis

La ponencia estuvo precedida por la sesión dedicada a la conflictividad competencial sobre el litoral, en la que participaron el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de La Laguna, Ángel Lobo Rodríguez; el catedrático del mismo Área, Andrés González, y la catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva, María Carmen Núñez.

Lobo centró su intervención en los informes de Costas durante la tramitación de los instrumentos de planificación territorial y urbanística. Los datos del Tribunal de Cuentas reflejan que entre 2014 y 2020 se contabilizaron alrededor de 2.106 expedientes en relación a los informes. El plazo medio de resolución alcanzó los 129 días para el primero, pese a que el periodo previsto es de un mes, y los 114 días para el segundo, cuyo plazo establecido es de dos meses. A estos tiempos se suman los retrasos en el traslado de los expedientes desde los servicios periféricos hasta la Dirección General en Madrid, un proceso que se prolongó una media de cuarenta días.

Como alternativa, el experto propuso sustituir los dos informes por uno único, emitido después de la aprobación inicial del plan y limitado a un análisis técnico de las competencias sectoriales estatales.

Etiquetas

Read More

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *